Cuándo es necesario un estudio de Seguridad y Salud
Según el Artículo 4 del Real Decreto 1627/97 de 24 de Octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en las obras de construcción, se indica la obligatoriedad, por parte del promotor, para que en la fase de redacción del proyecto se elabore un Estudio de Seguridad y Salud en los Proyectos, siempre que se cumplan alguno de los siguientes supuestos: a) Que el Presupuesto de Ejecución por Contrata sea… Leer más »Cuándo es necesario un estudio de Seguridad y Salud
















