Justificación DB HS 6 — Protección frente al Radón
CTE · Real Decreto 450/2022, de 14 de junio · Apéndice B (CSN)
DB HS · Sección 6
JUSTIFICACIÓN DB HS 6 · PROTECCIÓN FRENTE AL RADÓN · CTE RD 450/2022
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1
Emplazamiento del edificio
§ 1 + Apéndice B
2
Tipo de intervención
§ 1.1
3
Solución adoptada y condiciones de cumplimiento
§ 3 · § 4 · § 5
Zona I — Selecciona la solución adoptada (una es suficiente)
🧱
Barrera de protección
§ 3.1 DB HS 6
💨
Espacio de contención ventilado
§ 3.2 DB HS 6
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Barrera de protecciónOBLIGATORIA
§ 3.1 DB HS 6
⛔ Sistema adicional requerido (Zona II) — elige uno:
💨 Espacio de contención ventilado § 3.2
🌀 Despresurización del terreno § 3.3
Puedes exportar en cualquier momento — el documento indicará qué condiciones están pendientes
NO CUMPLE
NO CUMPLE
📋 Art. 5 CTE: pueden emplearse soluciones alternativas si se justifica documentalmente que las prestaciones son equivalentes. Prestación mínima: promedio anual < 300 Bq/m³ (Apéndice C DB HS 6).
🔴
NO CUMPLE
Selecciona las opciones que correspondan
0 / 0
Condiciones pendientes de verificar / que no cumplen:
Vías para subsanar el incumplimiento (art. 5 CTE / § 3 DB HS 6):
• Solución alternativa justificada: puede emplearse cualquier solución que acredite documentalmente un promedio anual de concentración de radón < 300 Bq/m³, medido según el Apéndice C del DB HS 6.
• Mediciones previas: si se dispone de valores medidos del promedio anual (Apéndice C) < 300 Bq/m³, no es exigible implementar soluciones de protección (§ 3 párr. final).
• Edificios existentes: el criterio de flexibilidad del art. 2 de la Parte I del CTE permite adecuaciones graduales; las soluciones alternativas pueden ajustarse a las condiciones del edificio (§ 3.3 DB HS 6).
• Verificación experimental posterior: la eficacia de las soluciones de espacio de contención y despresurización debe comprobarse siempre con mediciones posteriores a la intervención (§ 3.2.7 y § 3.3.6).